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Carlos Requena •

¿Puedo comprar una VPPB o VPPL? Cómo calcular tus ingresos en Madrid

Calcula si cumples el límite de ingresos de VPPB o VPPL en Madrid con tus bases de la renta: calculadora, unidad familiar y ejemplos paso a paso.

¿Puedo comprar una VPPB o VPPL? Cómo calcular tus ingresos en Madrid

Has visto una vivienda protegida en Los Ahijones y quieres saber si puedes comprarla. Antes de descartar la promoción por lo que cobras, abre tu declaración de la renta: el sueldo bruto no es la cifra que se compara directamente con el límite de acceso.

Para comprobar el requisito económico de una VPPB o VPPL de nueva construcción en Madrid necesitas identificar la renta computable, las personas de la unidad familiar y el coeficiente que corresponde. Puedes hacerlo con la calculadora y repasar después la tabla y los tres ejemplos ficticios.

La cifra que suele causar confusión

Con un IPREM anual de 8.400 € y el coeficiente de 0,800 para una unidad de uno o dos miembros, el máximo de la suma de bases imponibles es 57.750 € para VPPB y 78.750 € para VPPL. Son límites de renta computable bajo estos supuestos, no de salario bruto ni de precio de la vivienda.

Calcula tu límite de ingresos

Introduce las bases de la renta de 2025 y comprueba el requisito de ingresos de VPPB y VPPL en Madrid.

Datos para calcular los ingresos familiares

Cuenta también a los hijos que formen parte de ella, aunque no tengan ingresos. Comprueba quién cuenta.

Añade una ficha por declaración, con los importes anuales en euros. Si presentasteis una conjunta, introdúcela una sola vez. Incluye todas las declaraciones que correspondan a la unidad familiar.

Declaración 1

Casilla 0435

Casilla 0460

Copia las bases, no el sueldo bruto. Si la casilla 0435 está vacía, escribe 0; la 0460 vacía se toma como 0. Puedes introducir importes negativos si así figuran en tu renta.

Si no presentaste la renta, consulta qué documentación necesitas; no sustituyas tus ingresos por cero.

Referencia: IRPF 2025 · IPREM anual 8400 € · Primera compra o adjudicación bajo el Decreto 74/2009. Para otras fechas o regímenes, confirma la referencia aplicable. Tus importes se calculan en este navegador: no los enviamos ni los guardamos.

1. Confirma qué vivienda estás comprando

Pide a la promotora o gestora el régimen y el expediente de calificación. La información oficial de la Comunidad de Madrid fija un máximo de 5,5 veces el IPREM para VPPB y 7,5 veces para VPPL. El paso que falta es calcular correctamente los ingresos familiares ponderados.

Si necesitas situar las siglas, consulta los tipos de vivienda protegida en Madrid. Los requisitos de un alquiler de EMVS, una adjudicación de la Agencia de Vivienda Social o una promoción del Plan Vive deben comprobarse en su procedimiento propio: no traslades esta tabla automáticamente a cualquier programa.

2. Busca las casillas 435 y 460 de tu renta

En la declaración del IRPF de 2025, identifica:

  • Casilla 0435: base imponible general.
  • Casilla 0460: base imponible del ahorro.

La numeración figura en el Manual práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria. Comprueba también el nombre del campo: no es la base liquidable, el resultado a pagar o devolver ni el total de las nóminas.

Renta computable = base imponible general + base imponible del ahorro.

Si la unidad familiar presentó declaraciones individuales, suma ambas bases de las personas que la integran. Si presentó una conjunta, parte de sus importes sin volver a añadir las rentas que ya están incluidas. Una casilla vacía se toma como cero, según el manual autonómico.

Por ejemplo, si tus casillas muestran 35.400 € y 600 €, el dato de partida es 36.000 €. Que tu salario anual sea otro no cambia lo que aparece en esos campos. Guarda el documento completo para poder explicar de dónde sale la cifra.

Qué ejercicio fiscal se utiliza

El formulario oficial para el visado de compraventas y adjudicaciones pide el último período impositivo cuyo plazo de declaración hubiera terminado antes de suscribir el título de acceso. Para un contrato firmado en octubre de 2026, la referencia ordinaria es la renta de 2025.

No elijas el ejercicio en el que ganaste menos. Si la firma se desplaza a otro año, vuelve a comprobar qué declaración corresponde.

3. Cuenta bien los miembros de la unidad familiar

Compartir domicilio no basta para sumar a alguien al cálculo. La referencia fiscal es el artículo 82 de la Ley del IRPF: contempla a los cónyuges no separados legalmente con los hijos que cumplen sus condiciones y, cuando no existe matrimonio o hay separación legal, a un progenitor con los hijos que correspondan. Nadie puede pertenecer a dos unidades familiares a la vez.

El manual de vivienda madrileño extiende el cómputo de ingresos a las personas que no están integradas en una unidad familiar y a las parejas de hecho reconocidas legalmente. Por tanto, presentar rentas individuales no permite omitir sin más los ingresos de tu cónyuge o de tu pareja de hecho reconocida.

Si compráis sin estar casados ni registrados como pareja de hecho, hay custodia compartida o cambios recientes en la familia, pedid que os confirmen cómo se documenta vuestro caso en el visado. No deis por hecho que podéis dividir los ingresos entre compradores para eludir el límite. Tampoco añadáis automáticamente a un hijo mayor de edad solo porque viva en casa.

4. Aplica el coeficiente: no basta con multiplicar el IPREM

El manual oficial de la calculadora de ingresos, de junio de 2026 recoge el IPREM anual de referencia de 8.400 € y los coeficientes por miembros. Su cálculo del máximo es:

Máximo de bases imponibles = IPREM anual × límite de la modalidad ÷ coeficiente familiar.

Estos son los resultados de aplicar esa fórmula. Los importes de la tabla están redondeados a céntimos; si estás en el límite, conserva toda la precisión del cálculo y contrástalo en el expediente.

MiembrosCoeficienteMáximo VPPBMáximo VPPL
1 o 20,80057.750,00 €78.750,00 €
30,77659.536,08 €81.185,57 €
40,74462.096,77 €84.677,42 €
50,70465.625,00 €89.488,64 €
6 o más0,70066.000,00 €90.000,00 €

Por ejemplo: 8.400 × 5,5 ÷ 0,800 = 57.750 €. Los 46.200 € que resultan de multiplicar únicamente 8.400 por 5,5 todavía no incorporan el coeficiente. Lo mismo sucede con los 63.000 € de multiplicar por 7,5.

Una unidad de dos miembros tiene el mismo coeficiente que una de uno. Que haya dos nóminas no duplica el techo. Para otras diferencias entre modalidades, tenemos la comparativa de VPPB y VPPL.

5. Tres ejemplos con números

Son casos inventados para practicar el cálculo, con el ejercicio y los coeficientes anteriores. Superar esta comprobación solo significa cumplir el límite económico del ejemplo: aún hay que verificar los demás requisitos.

Una persona con 56.000 € de bases imponibles

Ana compra sola. En su renta figuran 55.400 € de base general y 600 € de base del ahorro. Su suma es 56.000 €.

Al compararla con 57.750 €, queda por debajo del máximo VPPB. También queda por debajo del de VPPL. Si hubiera usado 46.200 € como techo sin ponderar, habría descartado erróneamente la primera modalidad.

Un matrimonio sin hijos con declaraciones individuales

Luis tiene bases de 33.000 € y 500 €; Marta, de 27.000 € y 300 €. Juntas suman 60.800 €.

Con dos miembros, el máximo VPPB es 57.750 € y el VPPL, 78.750 €. En este ejemplo superan el primero y cumplen el segundo. No se compara cada declaración por separado con un límite completo.

Un matrimonio y dos hijos menores con 61.000 €

Esta unidad de cuatro miembros suma 61.000 € de bases, incluyendo las rentas que correspondan a sus integrantes. Su coeficiente es 0,744 y el máximo VPPB resulta de 8.400 × 5,5 ÷ 0,744: aproximadamente 62.096,77 €.

Queda dentro del límite. Con esos mismos 61.000 € y una unidad de dos miembros, lo superaría. Por eso conviene resolver primero quién cuenta y después hacer la operación.

6. Cuándo se comprueba y qué ocurre si cambian tus ingresos

Para la primera transmisión regulada por el artículo 3 del Decreto 74/2009, los requisitos se exigen en la fecha del contrato privado de compraventa o del título de adjudicación. El control administrativo se realiza mediante su visado. En una cooperativa, no confundas el alta como socio con la adjudicación de una vivienda individualizada.

Una reserva hoy y un contrato dentro de dos años pueden llevar a revisar otro ejercicio fiscal. Si te suben el sueldo, cambias de trabajo o varía tu situación familiar, plantea la consulta con la fecha y el documento que vas a firmar. La respuesta no puede reducirse a «lo miran al reservar» o «lo miran siempre al entregar las llaves».

Pide que te expliquen por escrito qué fecha consideran en tu operación y cómo tramitarán el visado. Una valoración comercial inicial no sustituye ese control ni permite prometer que los requisitos quedan congelados con cualquier pago.

7. Si no presentaste la renta, no pongas cero

No estar obligado a declarar no equivale a carecer de ingresos. El modelo oficial de documentación individualizada contempla una declaración responsable de ingresos y los justificantes pertinentes: vida laboral y certificados de empresa, prestaciones, cotización o pensión, según el caso; también prevé la comprobación de la certificación negativa de la AEAT.

La sede del trámite de visado reúne los formularios. Revisa con quien prepare el expediente qué datos se consultan electrónicamente y qué documentos debes aportar.

Antes de reservar: cinco comprobaciones

  1. Promoción: régimen, modalidad y número de expediente de calificación.
  2. Fecha: contrato o título que determina el acceso y ejercicio fiscal aplicable.
  3. Familia: integrantes y documentación que acredita la situación.
  4. Cálculo: bases imponibles, coeficiente y límite utilizado, guardados por escrito.
  5. Operación completa: otros requisitos de acceso, dinero que necesitas y financiación.

Cumplir el límite de renta no asegura una adjudicación ni la aprobación de la hipoteca. El precio tiene sus propias reglas —puedes consultar los precios máximos de VPPB y VPPL en Madrid— y el banco estudiará la financiación de la hipoteca para vivienda protegida.

Lleva a la promotora o gestora tu cálculo y las dudas concretas antes de comprometer dinero. Si tu caso incluye cambios familiares, varios compradores o ingresos difíciles de encajar, solicita confirmación al órgano de vivienda de la Comunidad de Madrid o asesoramiento profesional con la documentación de la operación.